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Las empresas que deberán paralizar sus funciones en emergencia y preemergencia

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La medida se enmarca en la Gestión de Episodios Críticos (GEC), que se encuentra incorporada en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para Región Metropolitana.

Un total de 27 empresas incorporó la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) en la lista de aquellas que deberán paralizar sus actividades en los días que se decrete preemergencia y emergencia ambiental en la Región Metropolitana.

Entre las más reconocidas del listado se encuentran Nestlé, Lucchetti y Unilever.

De acuerdo a lo detallado por la superintendencia, la medida se enmarca en la Gestión de Episodios Críticos (GEC), que se encuentra incorporada en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para Región Metropolitana.

Según informó la SMA, para el invierno de este 2024 son 27 de 61 “grandes establecimientos deberán paralizar sus operaciones cuando la Delegación Presidencial declare episodio GEC, en beneficio a la protección de la salud y el medioambiente“.

La entidad explicó que las empresas incorporadas en la lista debido a que les “faltan antecedentes para verificar el cumplimiento del PRE (Plan de Reducción de Emisiones)“.

Las empresas que deberán paralizar sus actividades

En concreto, las empresas que deberán paralizar sus actividades son:

  • Aceros Chile S.A
  • Aislantes Nacional S.A
  • Arrigoni Metalúrgica S.A
  • Automotora Inalco S.A
  • C.M.P.C Tissue S.A
  • Cementos Bicentenarios S.A
  • Chilena de Moldeados S.A
  • CIA. IND. El Volcán S.A
  • Consorcio Santa Marta S.A
  • Cossbo, Efemm, Energías Industriales S.A
  • Extreuder S.A
  • IND. De Balatas SPA
  • INDS. Profal S.A
  • Lican Alimentos S.A
  • Lucchetti Chile S.A
  • Manuf. Metalúrgica Rheem Chilena S.A
  • Nestlé Chile S.A
  • Quimetal Industrial S.A
  • Schaffner S.A
  • Tubexa Industrial LTDA.
  • Unilever Chile SCC LDTA
  • Proa S.A
  • Diana Food SPA
  • Metalpren Chile SPA
  • Astara Logística Chile SPA.

La lista “puede variar en la medida que se actualicen los antecedentes que los titulares deben reportar en el Sistema de Seguimiento Atmosférico (Sisat) de la Superintendencia del Medio Ambiente“, precisó la SMA.



Esta publicación aparece primero en ElDinamo