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Elecciones en dos días: ¿habrá feriado irrenunciable?

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Como serán dos días de elecciones, muchos se preguntarán qué pasará con el feriado irrenunciable que se aplicaba en este tipo de jornadas.

Luego que el Congreso aprobara una serie de modificaciones para perfeccionar el sistema electoral, las próximas Elecciones Municipales y Regionales se realizarán en dos días, por lo que una de las grandes dudas es qué pasará con el feriado irrenunciable que se aplicaba en este tipo de jornadas.

El Servicio Electoral (Servel) informó que son 15.450.377 personas las que están habilitadas para sufragar el próximo 26 y 27 de octubre.

En ese sentido, y según la Ley 21.693, cada uno de los votantes podrá elegir cuándo acudir a las urnas, si el sábado o domingo, pero no ambos días. Esta medida tiene por objetivo dar facilidad electores para que cada persona pueda decidir el día que más le convenga.

“Las elecciones en dos días evitan largas filas y aseguran un proceso más ágil para todas y todos”, afirmaron en el Servel a través de sus redes sociales.

Elecciones en dos días: ¿habrá feriado irrenunciable?

Para despejar toda duda, la normativa vigente indica que el sábado 26 de octubre será un feriado ordinario por lo que el comercio deberá abrir en horario normal según día festivo.

En tanto, el domingo 27 de octubre será feriado irrenunciable, por lo que todos los supermercados y malls deberá permanecer cerrados a excepción de quienes presten servicios en estos lugares:

  • Clubes.
  • Restaurantes.
  • Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
  • Establecimiento de venta de combustibles (conocidas como “bencineras” o “bombas de bencina”).
  • Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.



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