La Dirección del Trabajo también hizo un llamado a respetar las normas que protegen a los trabajadores en las elecciones.
Este fin de semana se realizarán las Elecciones Municipales y Regionales 2024, por lo que muchas personas se preguntan si estarán o no abiertos los malls y supermercados este sábado 26 y domingo 27 de octubre.
En ese contexto, la Ley N° 21.693 indica que solo el domingo será feriado legal, por lo que tanto centros comerciales como strip centers deberán permanecer cerrado.
En tanto, el sábado 26 de octubre será feriado convencional y así el comercio puede abrir en su horario habitual.
Debido a lo anterior, Pablo Zenteno, director del Trabajo, hizo un llamado a respetar las normas que protegerán los derechos de trabajadores y trabajadoras durante las elecciones de este fin de semana.
“Queremos ser muy claros sobre el funcionamiento del comercio durante el domingo 27 de octubre, porque la prohibición de funcionamiento afecta únicamente a los malls, strip center y otros complejos comerciales regidos por una sola razón social o personalidad jurídica porque estos no podrán abrir ese día”, indicó la autoridad de la Dirección del Trabajo.
“Es necesario señalar que esta restricción no afecta al resto del comercio, incluyendo a grandes tiendas, supermercados y otros establecimientos con administración propia, ya que podrán funcionar normalmente”, explicó Zenteno.
Derecho a sufragio de trabajadores
A través de un dictamen elaborado por la Dirección del Trabajo, la ley asegura un lapso de tres horas para que los trabajadores y trabajadoras que deban trabajar durante ambos días, o en alguno de ellos, puedan votar o excusarse. Además, consigna el derecho de trabajadores y trabajadoras a decidir el día en que lo harán.
En tanto, las empresas que no cumplan con la ley se arriesgan a las siguientes multas:
- No otorgamiento de feriado legal: Multas de entre 30 ($1.996.830) y 150 ($9.984.150) UTM.
- No otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de mesas: Multas de entre 3 ($199.683) y 60 ($3.993.660) UTM.
- No otorgamiento de permiso de tres horas a trabajadores para sufragar: Multas de entre 3 ($199.683) y 60 ($3.993.660).
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