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Bono de Vacaciones: revisa los montos, fecha de pago y quiénes reciben este beneficio

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De acuerdo al Ejecutivo, esta ayuda económica beneficiará a más de un millón 100 trabajadores.

El Bono de Vacaciones es un beneficio económico que se entrega a gran parte de los trabajadores del país para que puedan enfrentar de mejor manera los costos asociados a la temporada de verano.

Según informó el Ejecutivo, este subsidio beneficiará a más de un millón 100 mil personas quienes recibirán el monto durante los primeros días del próximo año.

Además, la Ley 21.306 indica que el dinero que reciben los trabajadores no es imponible, por lo que no constituirá renta para ningún efecto legal o descuento.

¿Quiénes reciben el Bono de Vacaciones?

Este beneficio solo lo reciben los funcionarios del sector público que se desempeñen en estos lugares:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos particulares subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la JUNJI.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Sename o su continuador legal.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.
  • Asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.

¿Cuál es el monto de Bono de Vacaciones?

Este año, el monto que se entregó fue el siguiente:

  • $104.800 para los trabajadores cuya remuneración líquida es igual o inferior a $984.282.
  • $52.400 para los trabajadores con una remuneración líquida que supere los $984.282 y no exceda los $3.259.429 bruto.

Para el 2025, el monto se reajustará de acuerdo a la variación anual que tenga el Índice de Precios al Consumidor (IPC).



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